Sabemos que la música, al igual que libros, programas de computación, etc., tienen dueño, propietario. Puede ser una persona física o jurídica (una empresa).
Pero existen licencias especiales llamadas Creative Commons: son modelos de contratos que sirven para otorgar públicamente el derecho de utilizar una publicación protegida por los derechos de autor.
Seis tipos de licencias Creative Commons
1.- Reconocimiento (by)

Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.
2.- Reconocimiento – NoComercial (by-nc)

Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.
3.- Reconocimiento – NoComercial – CompartirIgual (by-nc-sa)

No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
4.- Reconocimiento – NoComercial – SinObraDerivada (by-nc-nd)

No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.
5.- Reconocimiento – CompartirIgual (by-sa)

Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
6.- Reconocimiento – SinObraDerivada (by-nd)

Se permite el uso comercial de la obra, pero no la generación de obras derivadas.